La acción tutorial
La acción tutorial es el conjunto de intervenciones que se desarrollan con el alumnado, con las familias y con el equipo educativo de cada grupo tendentes a:
- Favorecer y mejorar la convivencia en el grupo, el desarrollo personal y la integración y participación del alumnado en la vida de la Residencia y del IES en que está escolarizado.
- Realizar el seguimiento personalizado de su proceso de aprendizaje, haciendo especial hincapié en la prevención del fracaso escolar.
- Facilitar la toma de decisiones respecto a su futuro académico y profesional.
Tutoría y designación de tutores y tutoras
Cada grupo de alumnos establecido en la residencia tendrá un tutor o tutora que será nombrado por la dirección, a propuesta de la jefatura de actividades, de entre los educadores y educadoras de actividades formativas y de ocio. El nombramiento de las personas que ejerzan la tutoría se efectuará para un curso académico. Es función primordial de los educadores tutores apoyar el proceso educativo y de aprendizaje del alumnado residente, en colaboración con las familias.
Las personas que ejerzan la tutoría del alumnado residente realizarán las funciones que se establecen en los artículos 10 y 81 del Reglamento Orgánico de las residencias escolares y deberán dedicar una especial atención al apoyo del proceso educativo de las personas residentes a su cargo, al seguimiento y realización de actividades que favorezcan los procesos de socialización y de desarrollo personal de los mismos, así como a la orientación familiar sobre el desarrollo de la convivencia y del proceso educativo de sus hijos e hijas menores de edad.
Funciones de la tutoría
- Desarrollar las actividades previstas en el plan de orientación y acción tutorial.
- Conocer las aptitudes e intereses del alumnado residente, con objeto de orientarles en su proceso de desarrollo personal, de aprendizaje y de toma de decisiones académicas y profesionales.
- Coordinar las actividades del alumnado residente a su cargo.
- Coordinarse con el profesorado que ejerza la tutoría en el centro docente del alumnado residente a su cargo, incluyendo la realización de visitas periódicas a los centros docentes correspondientes.
- Cumplimentar la documentación personal del alumnado residente a su cargo que tenga establecida la residencia.
- Recoger la opinión del alumnado residente a su cargo sobre el proceso de convivencia y de desarrollo de las actividades programadas por la residencia.
- Informar al alumnado residente del grupo en relación con las actividades programadas, sobre las normas de organización y funcionamiento de la residencia escolar y órganos de gobierno de la misma, así como a sus padres, madres o quien ejerza la tutela.
- Facilitar la comunicación y la cooperación educativa entre el personal de la residencia y los padres y madres o quienes ejerzan la tutela del alumnado residente menor de edad. Dicha cooperación incluirá la atención a la tutoría electrónica a través de la cual los padres, madres o quienes ejerzan la tutela del alumnado residente menor de edad podrán intercambiar información relativa a la evolución escolar de sus hijos e hijas y a su estancia en la residencia.
- Mantener una relación permanente con los padres, madres o quien ejerza la tutela del alumnado residente menor de edad, a fin de facilitar el ejercicio de los derechos reconocidos en el artículo 13 del DECRETO 54/2012. A tales efectos, el horario dedicado a las entrevistas con los padres, madres o quienes ejerzan la tutela del alumnado se fijará de forma que se posibilite la asistencia de los mismos.
- Facilitar la integración del alumnado residente en el grupo y fomentar su participación en las actividades de la residencia.
El personal docente realizará estas funciones incorporando los principios de colaboración y de trabajo en equipo con el resto del personal que atiende al alumnado residente; de acuerdo con lo establecido en el Proyecto educativo del centro y teniendo en cuenta los criterios de coordinación emanados de la jefatura de actividades y, en su caso, de la dirección del centro.