Equipo directivo

Mª Teresa Andrade Gutiérrez
Secretaria
Francisco Pérez García
Director
Rafael García Lobato
Jefe de Actividades

El equipo directivo de las residencias escolares está formado por las personas que ejercen la dirección, la jefatura de actividades y la secretaría. Las relaciones entre sus miembros son de confianza mutua y coordinación. La respectivas competencias están recogidas en el DECRETO 54/2012. 

El equipo directivo está a disposición de la comunidad educativa, especialmente para atender al alumnado y a sus familias en los siguientes horarios:

Director: lunes a viernes de 9:00 a 14 horas y lunes de 16 a 18 horas

Secretario: lunes a viernes de 9:00 a 14 horas

Jefe de Actividades: lunes a jueves de 16 a 20 horas

Competencias del director 

  • Ostentar la representación de la residencia, representar a la Administración educativa en la misma y hacerle llegar a  ésta  los  planteamientos,  aspiraciones  y  necesidades  de  la comunidad educativa.
  • Dirigir y coordinar todas las actividades de la residencia, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Junta de Coordinación de Actividades y al Consejo de Residencia.
  • Ejercer  la  dirección  pedagógica,  facilitar  un  clima  de colaboración  entre  todo  el  personal,  promover  la  innovación educativa y realizar el seguimiento de planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo de la residencia.
  • Garantizar el cumplimiento en la residencia escolar de las leyes y demás disposiciones vigentes.
  • Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito a la residencia.
  • Ejercer la potestad disciplinaria de acuerdo con lo establecido en el artículo 73 del DECRETO 54/2012.
  • Favorecer la convivencia en la residencia, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan al alumnado residente, en cumplimiento de la normativa vigente y del Plan de Convivencia de la residencia.
  • Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación de la residencia con el entorno y fomentar un clima que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral del alumnado residente en conocimientos y valores.
  • Impulsar  las  evaluaciones  internas  de  la  residencia  y colaborar en las evaluaciones externas y en las evaluaciones del personal docente.
  • Convocar y presidir las sesiones del Consejo de Residencia y de la Junta de Coordinación de Actividades, y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.
  • Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto  de  la  residencia  y  ordenar  los  pagos,  todo  ello  de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.
  • Visar las certificaciones y documentos oficiales de la residencia.
  • Proponer requisitos de especialización y capacitación profesional respecto de determinados puestos de trabajo docentes de la residencia, de acuerdo con lo que a tales efectos se determine por la Consejería de Educación.
  • Proponer a la persona titular de la Delegación Provincial correspondiente de la Consejería competente en materia de  educación  el  nombramiento  y  cese  de  los  miembros  del equipo  directivo.
  • Establecer  el  horario  de  dedicación  de  los  miembros del equipo directivo a la realización de sus funciones, de conformidad con el número total de horas que, a tales efectos, se determine por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.
  • Nombrar y cesar a los tutores y tutoras de grupo, a propuesta de la persona que ejerza la jefatura de actividades  

Competencias de la jefatura de estudios

  • Ejercer, por delegación de la persona titular de la dirección y bajo su autoridad, la jefatura de los educadores y educadoras de actividades formativas y de ocio en todo lo relativo a las actividades educativas y controlar la asistencia al trabajo del mismo.
  • Sustituir al director o directora en caso de vacante, ausencia o enfermedad.
  • Proponer a la persona que ejerza la dirección de la residencia el nombramiento y cese de los tutores y tutoras de grupo.
  • Coordinar las actividades de carácter educativo, incluidas las derivadas de la coordinación con los centros docentes que escolaricen al alumnado residente.
  • Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, el horario general de la residencia, así como el horario de las actividades del alumnado residente y el individual del personal docente, de acuerdo con los criterios incluidos en el proyecto educativo, así como velar por su estricto cumplimiento.
  • Coordinar las actividades que se realicen en la residencia.
  • Organizar la atención y el cuidado del alumnado residente en las actividades que se realicen en la residencia o fuera de ella.
  • Adoptar las decisiones relativas a las medidas de atención a la diversidad del alumnado residente.

Competencias de la secretaria

  • Ordenar el régimen administrativo de la residencia, de conformidad con las directrices de la persona titular de la dirección.
  • Ejercer la secretaría de los órganos colegiados de gobierno de la residencia, establecer el plan de reuniones de dichos órganos, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos, todo ello con el visto bueno de la persona titular de la dirección.
  • Custodiar los libros oficiales y archivos de la residencia.
  • Expedir, con el visto bueno de la persona titular de la dirección, las certificaciones que soliciten las autoridades y las personas interesadas.
  • Realizar el inventario general de la residencia y mantenerlo actualizado.
  • Adquirir el material y el equipamiento de la residencia, custodiar y gestionar la utilización del mismo y velar por su mantenimiento en todos los aspectos, de acuerdo con la normativa vigente y las indicaciones de la persona titular de la dirección, sin perjuicio de las facultades que en materia de contratación corresponden a la persona titular de la dirección.
  • Ejercer, por delegación de la persona que ejerza la dirección y bajo su autoridad, la jefatura del personal laboral y del personal funcionario no docente adscrito a la residencia y controlar la asistencia al trabajo del mismo.
  • Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, el horario del personal laboral y del personal funcionario no docente, así como velar por su estricto cumplimiento.
  • Elaborar el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos de la residencia.
  • Ordenar el régimen económico de la residencia escolar, de conformidad con las instrucciones de la persona titular de la dirección, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante la Consejería competente en materia de educación.